Canal interno de información
En aplicación de lo dispuesto en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, ESPAÑA S.A. Compañía Nacional de Seguros se ha dotado de un canal interno de información destinado a comunicar acciones u omisiones que pudieran constituir infracciones del Derecho de la Unión Europea, infracciones penales o infracciones administrativas graves o muy graves. Este canal se encuentra a disposición de todos los trabajadores, accionistas, colaboradores y proveedores de la Compañía, incluidos los miembros del Consejo de Administración.
El Responsable del Sistema Interno de Información y Defensa del Informante actúa con autonomía e independencia del resto de órganos y departamentos de la Compañía, y garantiza la confidencialidad de la identidad del informante, de cualquier tercero mencionado en la comunicación y de las investigaciones realizadas. No se producirá ningún tipo de represalia contra las personas que comuniquen información.
Las informaciones que se deseen comunicar deben dirigirse por escrito directamente al Responsable del Sistema, pudiendo ser también anónimas. La presentación de informaciones también podrá realizarse ante las Autoridades Competentes en la materia, haciendo uso de los canales externos habilitados al efecto. El Responsable remitirá de inmediato al Ministerio Fiscal cualquier información relativa a hechos que pudieran ser indiciarios de delito. El informante tiene derecho a recibir acuse de recibo de la comunicación efectuada, así como una respuesta cuando la investigación haya concluido.
En todo caso, la Compañía respetará el derecho al honor y la presunción de inocencia de las personas afectadas por una comunicación. Antes de concluir la investigación se informará al interesado de las acciones u omisiones que se le atribuyen concediéndole el derecho a ser oído.
Existen canales específicos para comunicar información relativa a protección de datos de carácter personal, prevención de blanqueo y la financiación del terrorismo, acoso por razón de sexo, orientación sexual, identidad de género o expresión de género, o violaciones del Código de Conducta de la Sociedad.
La conducta ética en todo momento de sus trabajadores, profesionales y colaboradores es uno de los objetivos nuestra Compañía, debiendo conducirse todos ellos siempre de forma completamente legal, moral, honesta, íntegra, independiente y transparente tal y como se recoge en el Código de Conducta de la Compañía.